
PLAZOS PARA RECLAMAR DERECHOS LABORALES
Los plazos para reclamar en derecho laboral o derecho al trabajo pueden ser en ocasiones muy cortos, por ello debes estar atento.
Contenidos
- 1 ¿Que diferencia existe entre los días naturales y los días hábiles?
- 2 ¿ Cómo se cuentan los plazos en derecho laboral?
- 3 ¿ Que sé entiende por días hábiles en el Derecho Laboral ?
- 4 ¿Cuál es el plazo para presentación de escritos?
- 5 Suspensión de los plazos por solicitud de conciliación o mediación. La denominada papeleta de conciliación.
- 6 ¿Es obligatoria la papeleta de conciliación para reclamar mis derechos?
- 7 ¿Cuándo presentar una demanda frente a las Administraciones Públicas?
- 8 ¿Cuál es el plazo para reclamar un despido?
- 9 ¿ Cuál es el plazo frente a las sanciones del empresario?
- 10 ¿Cuál es el plazo para reclamar un desacuerdo en el disfrute de las vacaciones?
- 11 ¿Cuáles son los plazos en la movilidad geográfica, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, suspensión del contrato y reducción de jornada por causas objetivas?
- 12 ¿Y frente a vulneración de los derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar?
- 13 ¿Y existe plazo para la impugnación de los acuerdos de conciliación o mediación?
- 14 ¿Existe un plazo para reclamar las cantidades adeudadas y no abonadas por el empresario?
- 15 ¿Plazo que tiene el empresario para la opción entre la indemnización o la readmisión ante despido?
- 16 ¿Cuál es el plazo máximo de liquidación y pago del salario?
- 17 ¿Plazos de prescripción de las faltas leves, graves y muy graves?
- 18 ¿Plazo para la solicitud de reingreso tras excedencia forzosa por ejercicio de cargo público?
- 19 ¿Y para la reincorporación al trabajo tras el ejercicio de cargo público representativo o funciones sindicales?
- 20 ¿Cuál es el plazo de tiempo que puede durar el periodo de prueba de un contrato de trabajo?
- 21 ¿Qué plazo hay para preavisar a la empresa del desistimiento o dimisión (baja voluntaria) del contrato de trabajo?
- 22 ¿Y qué plazo tienen las empresas para el preaviso de un despido objetivo?
- 23 ¿Qué plazo tiene la empresa para preavisar a un trabajador con contrato a tiempo parcial de la realización de horas complementarias?
- 24 ¿Cuál es el plazo de preaviso que tiene el trabajador para comunicar la libertad respecto del pacto de dedicación exclusiva con la empresa?
- 25 ¿Qué plazo tiene la empresa para comunicar el cambio en la jornada del trabajador, “distribución irregular de la jornada” del artículo 34.2 del estatuto de los trabajadores?
- 26 ¿Qué plazo tiene la empresa para entregarme la copia de mi contrato?
- 27 ¿En que plazo registrará mi contrato de trabajo la empresa a la Oficina Pública de Empleo?
- 28 ¿ Existe un plazo de permanencia en la empresa del trabajador por recibir un curso de especialización? Plazo de tiempo máximo por Pacto de permanencia obligada del trabajador en la empresa por recibir especialización profesional a cargo del empresario?
1 ¿Que diferencia existe entre los días naturales y los días hábiles?
Los días naturales son todos los que existen en el calendario debiendo contar todos los días de a semana desde el lunes hasta el domingo, siendo estos los 365 con los que cuenta un año (366 en año bisiesto). En cambio, los días hábiles o días laborables son todos aquellos que no son festivos (pudiendo llegar a entender el sabado como laborable). La diferencia entre ambos tipos de días es relevante para el cómputo de los plazos, pues el resultado de contar días naturales o corridos puede resultar diverso de aquel que puede obtenerse contando solo los días hábiles, debiendo tener cuidado que no se pasen los plazos, ya que podríamos perder nuestro derecho a reclamar.
2 ¿ Cómo se cuentan los plazos en derecho laboral?
El artículo 5 del Código Civil, establece que salvo que no se diga otra cosa, los plazos señalados por días, a contar de uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, el cual deberá empezar en el día siguiente; y si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes. Por el contrario, en el derecho laboral, las actuaciones procesales deberán practicarse en días y horas hábiles (Art. 43.1 LRJS).
3 ¿ Que sé entiende por días hábiles en el Derecho Laboral ?
Se entienden por días hábiles los días comprendidos entre el lunes y el viernes que no son festivos. No se computarán los sábados, domingos y festivos (art.103 LRJS). Respecto del mes de Agosto será inhabil salvo en los siguientes procesos:
- Despido
- Extinción del contrato del art.50,51 y 52 del ET
- Movilidad geográfica
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Suspensión del contrato
- Reducción de jornada por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción
- Conciliación de la vida personal, laboral y familiar del art.139
- Impugnación de altas médicas
- Vacaciones
- Materia electoral
- Conflictos colectivos
- Impugnación de convenios colectivos
- Tutela de derechos fundamentales y libertades públicas
4 ¿Cuál es el plazo para presentación de escritos?
Cuando esté sujeta a plazo, podrá presentarse hasta las 15 horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo (Art.45.1 LRJS). Este día es también denominado como el día de gracia.
5 Suspensión de los plazos por solicitud de conciliación o mediación. La denominada papeleta de conciliación.
La presentación de solicitud de conciliación o mediación suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción (Art.65.1 LRJS). Todos los procedimientos que tengan término o plazo de caducidad, se interrumpirán con la presentación de la papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación y Arbitraje de la Comunidad correspondiente (SMAC). Se suspenderá desde dicha solicitud hasta el día siguiente de celebrado el acto de conciliación, o trascurridos 15 días sin celebrarse (art. 65.1 LRJS).
6 ¿Es obligatoria la papeleta de conciliación para reclamar mis derechos?
El intento de conciliación previa a la vía judicial es obligatorio en todos los casos, salvo:
- Los que versen sobre Seguridad Social
- Los relativos a la impugnación del despido colectivo por los representantes de los trabajadores
- Disfrute de vacaciones
- Materia electoral
- Movilidad geográfica
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor
- Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a los que se refiere el artículo 139
- Los iniciados de oficio
- Impugnación de convenios colectivos
- Impugnación de los estatutos de los sindicatos o de su modificación
- Tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas
- Procesos de anulación de laudos arbitrales
- Impugnación de acuerdos de conciliaciones, de mediaciones y de transacciones
- Acciones laborales de protección contra la violencia de género.
7 ¿Cuándo presentar una demanda frente a las Administraciones Públicas?
Para demandar a cualquiera de las AA.PP es preciso agotar la vía administrativa, fecha a partir de la cual (desde el día siguiente) se podrá demandar en el plazo de 2 meses ante el juzgado o la sala competente (art.69 LRJS). Además, habrá que estar a las excepciones de agotamiento de esta vía del art.70 LRJS.
8 ¿Cuál es el plazo para reclamar un despido?
Las acciones derivadas del despido y demás acciones sujetas a plazo de caducidad, el plazo es de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se hubiera producido el acto o la notificación de la resolución impugnada o desde que se deba entender agotada la vía administrativa en los demás casos (Art.69.3 LRJS y 59.3 del ET). Te aconsejamos reclamar tu despido a la mayor brevedad posible.
9 ¿ Cuál es el plazo frente a las sanciones del empresario?
El trabajador podrá impugnar en demanda frente a las sanciones impuestas por el empresario, en el plazo de 20 días hábilesdesde la fecha de notificación (art.114 LRJS). Nuestros abogados impugnación de sanciones reclaman tus derechos.
10 ¿Cuál es el plazo para reclamar un desacuerdo en el disfrute de las vacaciones?
El plazo de interposición de la demanda es de 20 días naturales a partir del cual tenga conocimiento de la imposición unilateral de la fecha de vacacione (art.125 LRJS). Es importante hacer notar en este punto, que el plazo que tiene la empresa para comunicarte la fecha del disfrute de las vacaciones es de 2 meses de antelación a ésta. Reclama las vacaciones que la empresa no te otorga.
11 ¿Cuáles son los plazos en la movilidad geográfica, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, suspensión del contrato y reducción de jornada por causas objetivas?
El plazo de presentación de la demanda será de caducidad, de 20 días hábiles, siguientes a la notificación por escrito de la decisión a los trabajadores o representantes… (art.138 LRJS). Si te modifican el salario, la jornada o te cambian de centro de trabajo, contacta con nuestros abogados laboralistas.
12 ¿Y frente a vulneración de los derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar?
El plazo es de 20 días hábiles a partir de que el empresario le notifique su negativa o disconformidad (art.139 LRJS).
13 ¿Y existe plazo para la impugnación de los acuerdos de conciliación o mediación?
La acción caducará a los treinta días hábiles, excluidos los sábados, domingos y festivos, siguientes a aquel en que se adoptó el acuerdo. Para los posibles perjudicados el plazo contará desde que lo pudieran haber conocido.
14 ¿Existe un plazo para reclamar las cantidades adeudadas y no abonadas por el empresario?
El plazo general para reclamar cantidades económicas al empresario es de 1 año, contado a partir del momento en que debió percibirse o se pudo reclamar, transcurrido el cual prescribirá (art.34 ET).
15 ¿Plazo que tiene el empresario para la opción entre la indemnización o la readmisión ante despido?
5 días desde la notificación de la sentencia declarativa de improcedencia del despido (art.110.3 LRJS). El plazo para la opción del representante legal o sindical de los trabajadores es el mismo pero quien tiene dicha opción es el representante y no la empresa (110.2 LRJS).
16 ¿Cuál es el plazo máximo de liquidación y pago del salario?
El periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes. (Art.29.1 ET).
17 ¿Plazos de prescripción de las faltas leves, graves y muy graves?
Las leves prescriben a los 10 días, las graves a los 20 días y las muy graves a los sesenta días a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y en todo caso, a los seis meses de haberse cometido (art.60.2 ET).
18 ¿Plazo para la solicitud de reingreso tras excedencia forzosa por ejercicio de cargo público?
El reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al cese en el cargo público (art.46.1 ET).
19 ¿Y para la reincorporación al trabajo tras el ejercicio de cargo público representativo o funciones sindicales?
En los supuestos de suspensión por ejercicio de cargo público representativo o funciones sindicales de ámbito provincial o superior, el trabajador deberá reincorporarse en el plazo máximo de treinta días naturales a partir de la cesación en el cargo o función (art.48.3 ET).
20 ¿Cuál es el plazo de tiempo que puede durar el periodo de prueba de un contrato de trabajo?
El periodo de prueba será el que establezca el convenio colectivo (Art.14.1 ET). En defecto de pacto en convenio la duración del periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores. En los contratos temporales de duración determinada (artículo 15 ET) concertados por tiempo no superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá exceder de un mes, salvo que se disponga otra cosa en convenio colectivo.
21 ¿Qué plazo hay para preavisar a la empresa del desistimiento o dimisión (baja voluntaria) del contrato de trabajo?
El plazo será el que se pacte en los convenios colectivos (art.49.1.d ET). Por convención o costumbre del lugar, si no existiere éste, viene a ser de 15 días.
22 ¿Y qué plazo tienen las empresas para el preaviso de un despido objetivo?
El plazo es de 15 días (Art.53.1.c ET).
23 ¿Qué plazo tiene la empresa para preavisar a un trabajador con contrato a tiempo parcial de la realización de horas complementarias?
El trabajador deberá conocer el día y la hora de las horas complementarias pactadas con un preaviso mínimo de tres días, salvo que el convenio colectivo disponga otra cosa (art.12.5.d ET).
24 ¿Cuál es el plazo de preaviso que tiene el trabajador para comunicar la libertad respecto del pacto de dedicación exclusiva con la empresa?
En el supuesto de compensación económica por la plena dedicación, el trabajador podrá rescindir el acuerdo y recuperar su libertad de trabajo en otro empleo, comunicándolo por escrito al empresario con un preaviso de treinta días, perdiéndose en este caso la compensación económica u otros derechos vinculados a la plena dedicación.
25 ¿Qué plazo tiene la empresa para comunicar el cambio en la jornada del trabajador, “distribución irregular de la jornada” del artículo 34.2 del estatuto de los trabajadores?
Dicha distribución irregular deberá respetar en todo caso los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley y el trabajador deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días el día y la hora de la prestación de trabajo resultante de aquella.
26 ¿Qué plazo tiene la empresa para entregarme la copia de mi contrato?
La empresa deberá entregar a los representantes de los trabajadores la copia básica del contrato, dentro del plazo de 10 días naturales, desde la formalización del contrato. (Art. 8.4 ET).
27 ¿En que plazo registrará mi contrato de trabajo la empresa a la Oficina Pública de Empleo?
En el plazo de 10 días naturales siguientes a su concertación (Art. 8.3 ET).
28 ¿ Existe un plazo de permanencia en la empresa del trabajador por recibir un curso de especialización? Plazo de tiempo máximo por Pacto de permanencia obligada del trabajador en la empresa por recibir especialización profesional a cargo del empresario?
Si, los empresarios pueden ofrecer al trabajador cursos o formación especializada abonada a cargo de la empresa, y el mismo estar sujeto a un plazo de permanencia. Dicho acuerdo tendrá un plazo de duración no superior a dos años y se formalizará siempre por escrito. Si el trabajador abandona el trabajo antes del plazo, el empresario tendrá derecho a una indemnización de daños y perjuicios.
Cuadro ejemplificativo sobre plazos en el Derecho Laboral
PLAZOS DE CADUCIDAD |
|||
Acción |
Plazo | Cómputo |
Norma |
Contra despido y resolución de contratos temporales. | 20 días hábiles. | Desde el cese de la prestación de servicios. | Art. 59.3 ET y 103.1 LRJS |
Impugnación de la extinción del contrato por causas objetivas y otras causas. | 20 días hábiles. | Desde el día siguiente a la fecha de extinción efectiva. | Art. 121 LRJS |
Impugnación de decisiones empresariales en materia de movilidad geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo. | 20 días hábiles. | Desde la fecha de notificación. | Art. 59.4 LRJS |
Impugnación de sanciones impuestas por el empresario. | 20 días hábiles. | Desde la fecha de notificación. | Art. 114 LRJS |
Opción del empresario entre indemnización o readmisión (supuestos de despido improcedente. | 5 días. | Desde la notificación de la sentencia que declare improcedente el despido. | Art. 110.3 LRJS |
Opción del representante legal o sindical de los trabajadores. | |||
Acción para que el empresario proceda a un nuevo despido en el supuesto de que el anterior se hubiese declarado improcedente por incumplimiento de requisitos formales y se haya optado por la readmisión. | 7 días naturales. | Desde la fecha de notificación de la sentencia. | Art. 110.4 LRJS |
Acción para que el empresario proceda a un nuevo despido en el supuesto de que el anterior se hubiese realizado sin cumplir los requisitos formales (55.1 ET) | 20 días naturales. | Desde el día siguiente al del primer despido. | ART. 55.2 ET |
Solicitud de reingreso tras excedencia forzosa por ejercicio de cargo público. | 1 mes. | Desde el cese en el cargo público. | ART. 46 ET |
Reincorporación al trabajo tras ejercicio de cargo público representativo o funciones sindicales. | 30 días naturales. | Desde el cese en el cargo o función. | Art. 48.3 ET |
Reincorporación por recuperación de de invalidez permanente total o absoluta. | 1 mes. | Desde la declaración de aptitud. | Art. 3 de Real Decreto 1451/1983 de 11 de may0 |
Interposición de demanda para la fijación de la fecha del disfrute de vacaciones. | 20 días naturales. | Desde que el trabajador tenga conocimiento de la fecha. | Art. 125 LRJS |
Impugnación de acuerdo de conciliación alcanzado ante el servicio administrativo. | 30 días. | Para las partes desde el días que se adoptó el acuerdo, Para los posibles perjudicados desde el día en que tuvieron conocimiento del acuerdo. | ART. 67.2 LRJS |
Impugnación de validez de conciliación judicial. | 15 días naturales. | Desde la fecha en la que se llevo a cabo. | Art. 84.5 LRJS |
Instar el procedimiento arbitral en materia electoral (de impugnar actos del día de la votación o posteriores). | 10 días hábiles. | Desde el día de entrada de las actas ante la Autoridad Laboral. | Art. 76.5 LRJS |
Instar el procedimiento arbitral en materia electoral (de impugnar actos anteriores al día de la votación). | 3 días hábiles. | Desde el día de los hechos o de resolución de la reclamación de la mesa. | Art. 76.5 LRJS |
Impugnación de laudos arbitrales en materia electoral | 3 días naturales. | Desde el conocimiento del laudo por el recurrente. | Art. 127.2 LRJS |
Impugnación de resolución administrativa que deniegue el registro de las actas relativas a elecciones de delegados de personal y miembros del comité de empresa. | 10 días naturales. | Desde el día que se reciba la notificación. | Art. 134 LRJS |
Impugnación de resolución administrativa que deniegue el depósito de los Estatutos de los sindicatos | 10 días hábiles. | Desde el día que se reciba la notificación de la resolución denegatoria expresa. | Art. 166 LRJS |
Transcurrido un mes desde la presentación de los estatutos sin haberse notificado a los promotores defectos a subsanar. |
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