Soy fijo discontinuo y no me llaman

Si eres fijo discontinuo y no te llaman, podría ser ilegal y reclamar un despido

Cada vez es más habitual los trabajadores que tienen contratos fijos discontinuos, especialmente en sectores como hostelería, comercio, logística, educación o turismo. Sin embargo, uno de los problemas más frecuentes es que la empresa deja de llamar al trabajador cuando comienza una nueva campaña, periodo de actividad o ventana de contratación.

En esta situación, es normal que muchos trabajadores piensen que simplemente “no hay trabajo”, pero en determinados casos la falta de llamamiento puede constituir un despido improcedente.

¿Qué es un trabajador fijo discontinuo?

El contrato fijo discontinuo se utiliza para trabajos que son estables en la empresa, pero los cuales no se realizan de forma continuada durante todo el año, es decir, son de temporada. Con ello, el trabajador forma parte de la plantilla, aunque solo preste servicios en determinadas épocas o campañas.

Por ejemplo:

  • temporadas de verano,
  • campañas agrícolas,
  • refuerzos comerciales,
  • actividades escolares,
  • eventos concretos.

Sí ya has estado contratado en un periodo de actividad, a empresa tiene la obligación de realizar un llamamiento cuando se reinicia la actividad.

¿Qué ocurre si la empresa no realiza el llamamiento?

Si la empresa no contacta contigo cuando debería hacerlo, pueden darse varias situaciones:

  • que haya contratado a otros trabajadores antes que a ti.
  • que haya reducido plantilla de forma irregular.
  • o que directamente haya decidido prescindir de ti sin comunicar un despido formal.

En muchos casos, esto puede reclamarse judicialmente.

¿La falta de llamamiento es un despido?

Podría llegar a serlo, y es que la jurisprudencia viene considerando que la ausencia injustificada de llamamiento puede equivaler a un despido improcedente, especialmente cuando:

  • la actividad laboral para que se te había llamado previamente, continúa ejerciéndose.
  • otros trabajadores sí son llamados para realizar la actividad para la que te habían llamado anteriormente.
  • o la empresa no justifica adecuadamente la situación.

El problema es que muchos trabajadores esperan demasiado tiempo antes de actuar y es que para poder reclamar un despido, se dispone de 20 días laborales para reclamar. Para ello, hay que guiarse por el llamamiento anterior, campañas previas, compañeros que puedan confirmarte que les han realizado el llamamiento. Por ejemplo, si a ti te contrataban para la campaña de verano y el llamamiento te lo realizaban a finales de mayo, estando a mediados de Junio, se entiende que no lo han realizado y aun estas en el plazo de los 20 días para poder reclamar el despido.

¿Necesitas revisar tu caso?

Si eres trabajador fijo discontinuo y la empresa ha dejado de llamarte, es importante actuar rápido y revisar si existe una vulneración de tus derechos laborales.

En nuestro despacho de abogados laboralistas en Madrid estudiamos cada caso de forma individual para valorar:

  • si existía obligación de llamamiento,
  • si puede considerarse despido,
  • y qué opciones legales existen para reclamar.