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¿Es posible la reclamación de gastos hipotecarios sin facturas?

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La falta de transparencia de bancos y entidades financieras y la atribución a los clientes de ciertos gastos cuyo pago no les correspondía han llevado al Tribunal Supremo a dictaminar que es posible reclamar a las entidades bancarias los gastos de la hipoteca.

Así pues, el Alto Tribunal falló en su Sentencia 705/2015 que los clientes pueden reclamar a sus bancos los gastos hipotecarios cuyo pago no les corresponde de forma retroactiva. Esto quiere decir que podemos exigir el importe de estos gastos a nuestro banco. No obstante, ¿qué gastos hipotecarios se pueden reclamar? ¿Necesitamos las facturas de estos gastos para poder reclamarlos? En caso de no conservar los documentos, ¿se pueden reclamar los gastos hipotecarios sin la correspondiente factura?

¿Qué gastos son reclamables?

Es fundamental conocer qué gastos hipotecarios se pueden reclamar, ya que es una buena forma de estimar el dinero que necesitamos para comprar una vivienda y evitar los abusos de las entidades bancarias y financieras.

Los gastos hipotecarios susceptibles de ser reclamados son los siguientes:

  • GASTOS DE ESCRITURA Y REGISTRO: los gastos derivados de la Notaría y el Registro de la Propiedad deben ser costeados por la entidad bancaria, ya que tanto la escritura y el registro de la vivienda defienden los intereses del banco. No obstante, el cliente sí deberá hacerse cargo del pago de la copia de la escritura.
  • GASTOS DE GESTORÍA: existen gastos asociados a la gestoría derivados del contrato de hipoteca. Así, la entidad bancaria deberá correr con los gastos derivados de la realización de los trámites para la formalización del contrato hipotecario.
  • IMPUESTO SOBRE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS: dependiendo de la fecha en que fue formalizada la hipoteca, el pago de este tributo corresponderá al banco o al cliente. Así pues, si la hipoteca fue formalizada antes del 12 de noviembre de 2018, el pago de este impuesto corresponderá al cliente, por lo que no se podrá reclamar este gasto hipotecario.
  • GASTOS DE TASACIÓN DE LA VIVIENDA: a la hora de contratar una hipoteca es indispensable la tasación de la vivienda, ya que la entidad bancaria prestará, como máximo, un 80% del valor de tasación del bien inmueble. ¿A qué parte del contrato hipotecario le corresponde el pago de la tasación? En este caso, será el cliente quien deberá pagar la tasación, ya que la legislación vigente entiende que esto beneficia al beneficiario de la hipoteca. No obstante, si el banco exigió al cliente una nueva tasación estando vigente una tasación anterior al momento de formalizar la hipoteca, el cliente podrá reclamar a la entidad bancaria el importe de la segunda tasación.

¿Se pueden reclamar los gastos hipotecarios sin factura?

Suele ocurrir que el hipotecado quiera reclamar los gastos hipotecarios de su hipoteca y, sin embargo, se encuentre en la tesitura de no conservar las facturas que acreditan dichos gastos. Sin duda, es una situación bastante habitual, ya que es normal extraviar las facturas una vez han pasado muchos años desde la firma del préstamo hipotecario. Si no tienes facturas, ¿puedes reclamar los gastos hipotecarios sin facturas ?

La respuesta es sí, es posible reclamar los gastos hipotecarios en caso de no tener las facturas que acreditan estos pagos. De hecho, existen varias fórmulas para la reclamación de estos gastos cuando no disponemos de las facturas que los acreditan:

  • Comprueba la escritura de la hipoteca: en la propia escritura del préstamo hipotecario suelen aparecer reflejados y desglosados los gastos en concepto de Notaría, Gestoría y Registro de la Propiedad, además de otros gastos hipotecarios. Así pues, si no dispones de las facturas, lo primero será comprobar si en la escritura aparecen estos.
  • Calcula tú mismo los gastos en concepto de Notaría y Registro de la Propiedad: puede ocurrir que, además de no disponer de las facturas, estos gastos no estén reflejados en la escritura del préstamo. En este caso, podremos calcularlos nosotros mismos haciendo uso de la Ley. Los aranceles de notarios y registradores están regulados por Ley, por lo que podremos saber los precios genéricos y porcentajes que pagamos en el momento de formalizar la hipoteca.
  • Solicita a la entidad bancaria que calcule los gastos hipotecarios de nuestro préstamo: otra opción es dejar sin determinar los gastos hipotecarios en la demanda de reclamación, de forma que podremos solicitar a nuestro banco que calcule nuestra hipoteca sin aplicar los gastos derivado de la Notaría, el Registro de la Propiedad y el Registro. Esta es una forma sencilla de conocer a cuánto asciendes los gastos hipotecarios reclamables sin necesidad de aportar ninguna factura.
  • Realizar la gestión a través de un despacho de abogados especializados en reclamar gastos hipotecarios y que se sean ellos quién realicen este cálculo.

Sin duda, saber qué y cómo reclamar los gastos hipotecarios es fundamental, sobre todo a la luz de la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Es importante saberlo, ya que podremos beneficiarnos de una devolución de una cantidad de dinero nada desdeñable que, en muchos casos, puede ascender a 5.000 euros

 

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