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EXCEDENCIA LABORAL VOLUNTARIA ¿ DÓNDE PUEDO TRABAJAR ?

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EXCEDENCIA LABORAL VOLUNTARIA

En determinadas ocasiones, y en razón de ciertas circunstancias, un trabajador puede verse obligado a pedir una excedencia laboral voluntaria. Este tipo de excedencia laboral no exige grandes requisitos, pero es interesante que quien la pide sepa no solo cómo pedir una excedencia laboral, sino también qué podrá hacer y qué no durante el período que dure dicha excedencia. Por ello, a continuación, vamos a tratar de esclarecer las dudas sobre este tema.

¿Qué es una excedencia laboral?

La excedencia laboral es un derecho recogido en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores y se refiere a la suspensión temporal de la relación de un trabajador con su empresa. La duración, cuando se trata de una excedencia voluntaria, puede oscilar entre los 4 meses y los 5 años y el hecho de que se trate de una suspensión implica que el trabajador no recibirá ningún tipo de contraprestación de la empresa durante el período en que se extienda.

Excendencia laboral: tipos

En primer lugar, podemos hablar de la excedencia laboral forzosa, la cual se reserva para aquellos casos en los que el trabajador es designado para el desempeño de un cargo público o para la realización de funciones de representación sindical. En tales casos, la excedencia habrá de ser aceptada obligatoriamente por la empresa y durará lo que dure el cargo, teniendo el trabajador un mes desde que abandona el puesto que justificó la excedencia para solicitar el reingreso. Otras características importantes de este tipo de excedencia es que su duración computará para la antigüedad del trabajador en la empresa y que da derecho al trabajador a la conservación de su puesto de trabajo.

Otro tipo de excedencia laboral es la excedencia para cuidado de familiares, entre las que distinguimos la excedencia para el cuidado de los hijos, la cual no superará los 3 años de duración por cada hijo, y la excedencia laboral para el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad, que no superará los dos años. Ambos tipos de excedencia computan la antigüedad del trabajador durante su vigencia y, durante el primer año, dan derecho a una reserva del puesto de trabajo. A partir del año, el derecho será a un puesto de categoría equivalente o mismo grupo profesional.

En cuanto a la excedencia laboral voluntaria, puede ser solicitada por cualquier trabajador que cuente con una antigüedad de al menos un año en la empresa a la que le solicita la excedencia, es decir, no hace falta cumplir ningún requisito causal, por lo que no será necesario dar un motivo a la empresa. Su duración no será inferior a 4 meses ni superior a 5 años y, en los casos en los que ya se haya disfrutado otra excedencia con anterioridad, deberán pasar 4 años entre ambas. En este caso, no existe reserva de puesto de trabajo, sino un derecho preferente para que el trabajador pueda volver en cuanto haya una vacante, no obstante, nada impide realizar un pacto con la empresa en este sentido.

La excedencia laboral voluntaria ¿ Puedo trabajar en el mismo sector?

En primer lugar, debemos saber cómo pedir una excedencia laboral. En este supuesto, lo recomendable es que el trabajador presente la solicitud mediante un escrito en el que consten las fechas de inicio y finalización. Legalmente no se establece un plazo de preaviso, por lo que habría de estarse a lo estipulado por convenio, pero, en caso de silencio, lo más adecuado sería otorgar a la empresa un plazo razonable de, al menos, 15 días.

A continuación, la empresa habrá de proceder a una liquidación de las partes proporcionales correspondientes a lo devengado hasta la fecha del inicio de la excedencia. Ahora bien, durante el tiempo que dure la excedencia, el trabajador no podrá cobrar el subsidio del paro, ya que no se considera una situación legal de desempleo.

A pesar de que el trabajador no tenga derecho a paro, sí es posible recurrir a una excedencia voluntaria para trabajar en otra empresa. Eso sí, siempre que no exista una cláusula contractual que lo impida y que no se incurra en competencia desleal.

Así, por ejemplo, un trabajador puede solicitar una excedencia voluntaria para trabajar en el mismo sector, no hay restricciones en este sentido, incluso es posible montar un negocio, pero si se lleva algunos de sus clientes a la nueva empresa o revela secretos empresariales de su primera empresa, se consideraría una acción desleal. En tales casos, tanto si incumplimos una cláusula contractual como si cometemos competencia desleal, el trabajador podrá ser sancionado con el despido o con la finalización del contrato sin derecho a indemnización. Esto se debe a que la empresa mantiene su facultad disciplinaria, aunque el contrato se encuentre en suspenso. Por ello, es importante leer detenidamente nuestro contrato antes de tomar esta decisión y, también, documentar adecuadamente tanto la existencia de la excedencia, como las posibles condiciones que puedan pactarse con la empresa.

En resumen, sí es posible trabajar en otra empresa durante la vigencia de una excedencia laboral voluntaria, incluso del mismo sector, aunque es recomendable en todo caso valorar los pros y los contras y analizar cuáles serían las labores del trabajador en el nuevo puesto, para evitar incurrir en competencia desleal.

 

 

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