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Ayudas Contratación de Jóvenes Madrid

CARTEL ANUNCIADOR AYUDAS OK

AYUDAS A EMPRESAS POR CONTRATACIÓN JOVENES

Desde RECLAMATORLAWYERS como despacho que ha obtenido la ayuda por contratación de jóvenes ofrecida por la Comunidad de Madrid y financiada por el Fondo Europeo. Te contamos todo sobre como obtener la ayuda.

 

1. PROGRAMA INCENTIVOS CONTRATACIÓN DE JÓVENES

La Comunidad de Madrid a través de La Dirección General de Servicio Público de Empleo adscrita a la Conserjería de Economía, Hacienda y Empleo ha impulsado ayudas a las empresas y autónomos para la contratación de jóvenes en Madrid, financiado por la Fondo Social Europeo a través del programa de incentivos a la contratación de jóvenes del cual nuestro despacho a obtenido por un trabajador la cuantía de 3.750 EUROS. La normativa de aplicación es ACUERDO 27 DICIEMBRE 2018 CONCESIÓN DE AYUDAS A CONTRATACIÓN con sus normativas reguladoras de 30 de diciembre de 2019, 29 de julio de 2020 y  3 de agosto de 2021.

2. PLAZO SOLICITAR AYUDAS CONTRATACIÓN

El plazo para solicitar la ayuda a la contratación de Jóvenes es de UN MES desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador o fecha en la que inicia el trabajador la prestación de servicios.

 

3. QUIEN PUEDE OBTENER LA AYUDA

Podrán acogerse a estas ayudas los trabajadores autónomos, las empresas, y las entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en el presente acuerdo. No pueden acogerse a la ayuda las entidades públicas en los términos del artículo 3 del texto refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/ UE, de 26 de febrero de 2014

 

4. REQUISITOS PARA SUBVENCIÓN A LA CONTRATACIÓN

Para acceder a las subvenciones reguladas en este acuerdo, los beneficiarios de la subvención deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda y al corriente de pago con la Seguridad Social.

No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

5. JOVENES SUBVENCIONADOS AL CONTRATARLES

Para que el autónomo o la empresa tenga derecho a las ayudas, el joven debe: 

  1. Ser menor de 30 años.
  2. Tener residencia en la Comunidad de Madrid (padrón municipal)
  3. Figurar como persona inscrita en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 

6. SUBVENCIONES CONTRATACIÓN JOVENES

Estas subvenciones tienen como finalidad la de mejorar la empleabilidad y favorecer la contratación de los jóvenes de la Comunidad de Madrid, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena, a través de los siguientes programas:

  • Impulso a la contratación en prácticas 
  • Contratación Estable de Jóvenes
  • Incentivos a la contratación indefinida inicial.
  • Incentivos para la conversión de contratos temporales y formativos en indefinidos.

 

7. AYUDA CONTRATACIÓN EMPLEADO EN PRÁCTICAS

En el Programa de Impulso a la Contratación en Prácticas los jóvenes contratados deberán en el momento de la formalización del contrato, estar en posesión de un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para la formalización de un contrato en prácticas, en los términos establecidos en el artículo 11.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. 

7.A REQUISITO AYUDA CONTRATACIÓN EN PRÁCTICAS

Contratación en prácticas durante al menos 6 meses de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en una ocupación directamente relacionada con su titulación y acorde a su nivel de estudios o formación.

7.B AYUDA ECONÓMICA CONTRATACIÓN EN PRÁCTICAS

4.500 € cada contrato en prácticas a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea de al menos 6 meses.  En el caso de que la persona contratada a jornada completa en esta modalidad sea mujer, la ayuda se incrementará adicionalmente en 500€ en jornada completa. Dicha ayuda se reducirá proporcionalmente a la jornada en el caso de contratación a jornada parcial, debiendo ser la jornada de al menos el 62,5% de la jornada completa de un trabajador comparable.

 

8. AYUDA CONTRATACIÓN FORMACIÓN Y APRENDIZAJE

Contratación de formación y aprendizaje a jornada completa de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para el desempeño en régimen de alternancia de actividad laboral con actividad formativa, recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

8.A REQUISITO AYUDA CONTRATACIÓN FORMACIÓN

Para esta modalidad es necesario que el contratado tenga titulo de Formación profesional compatible. 

8.B AYUDA ECONÓMICA CONTRATACIÓN FORMACIÓN

El importe de la ayuda es de 2.940 €por cada contrato en formación y aprendizaje a tiempo completo por los seis primeros meses del contrato sin perjuicio de la duración que para estos contratos establezca la normativa laboral de aplicación. Se incrementará en 500 € en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas Trans.

 

9. AYUDA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

La ayuda o subvenciones por Contratación indefinida de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que supongan incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa, hasta un máximo de 10 contrataciones por beneficiario y año tienen una gran acogida. 

9.A REQUISITO AYUDA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

Debe existir al momento de la contratación indefinida del joven un incremento del empleo de la empresa o autónomo. No obstante, el requisito de incremento neto del nivel de empleo indefinido no será exigible a las solicitudes correspondientes a contrataciones indefinidas realizadas en 2020, a partir del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

9.B AYUDA ECONÓMICA CONTRATACIÓN FORMACIÓN

El importe de la ayuda es de 5.500 € cada contrato indefinido a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea, de al menos, 12 meses. Si el contrato indefinido se formaliza con un joven, que hubiera sido despedido a partir de la declaración del estado de alarma, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, previstas en los artículos 51 y 52.c) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, el importe de la subvención será de 6.000€.

Se incrementará en 500 € en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo TransPara los autónomos que contraten a su primer empleado, se contempla una ayuda adicional de 2.000€ que se sumará a la cuantía que corresponda de acuerdo con el perfil de la persona contratada.

En el supuesto de contratación a tiempo parcial el importe se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en todo caso, la jornada no podrá ser inferior al 62,5% de la jornada a tiempo completo de un trabajador comparable.

 

 

Si te ha gustado este post te invitamos a compartirlo para que muchas personas puedan acceder a estas ayudas. Te dejamos un enlace donde puedes calcular las ayudas e incentivos a la contratación de jóvenes: CALCULADORA INCENTIVOS CONTRATACIÓN JÓVENES.

 

 

 

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