INTERESES RECLAMACIÓN Y COSTAS PROCESALES
Cuando se inicia una reclamación judicial en el ámbito civil sea cual sea el tipo de reclamación, las cantidades reclamadas devengan unos intereses, así como el proceso judicial tiene para las partes unos costes procesales en concepto de abogado, procurador y otros profesionales, siendo que a través del juzgado podemos solicitar los intereses y costas procesales ¿Qué son estos conceptos?
Intereses en reclamación de Deuda
Los intereses cumplen la función evitar el perjuicio o compensar, el perjuicio que sufre un acreedor por el retraso en el pago de una deuda o cantidad que se deprecia en el tiempo.
Podemos distinguir dos tipos de intereses:
A) Los intereses moratorios
Regulados en los artículos 1100 y siguientes del Código Civil. Su objetivo es compensar al acreedor por el retraso en el pago de la deuda. Las características de estos intereses moratorios son:
- Empezarán a generarse desde que se exija el pago al deudor.
- Deben solicitarse expresamente en la demanda, devengándose hasta la fecha de la sentencia.
- El porcentaje de los intereses será el pactado por las partes, o a falta de este, será el interés legal.
B) Los intereses Procesales
Su regulación se encuentra en el artículo 576 Ley de Enjuiciamiento Civil. La finalidad de estos intereses es el pronto cumplimiento de las resoluciones judiciales. Como resumen de estos intereses procesales encontramos:
- Se establecen por sentencia o resolución judicial y se devengarán desde entonces.
- El juez los aplicará de oficio en todo caso.
- Cuantía del Interés legal más 2 puntos.
Las costas procesales ¿Qué son y cuánto valen?
Las Costas Judiciales son los gastos que se deben pagar en un proceso judicial y corresponden con los gastos económicos imprescindibles que se deben pagar durante un proceso judicial.
Por tanto, las costas procesales son aquellos gastos en que han debido incurrir las partes como consecuencia de un proceso judicial, no siendo incluido cualquier concepto, sino los “imprescindibles” que haya que pagar en el proceso judicial, no siendo incluidos los que hayan sido pagado por las partes por su voluntad sin ser necesarios.
¿Qué incluyen las Costas Judiciales?
Los conceptos que incluyen las costas procesales, son enumerados como los gastos del proceso judicial en su artículo 241 de a LEC:
- Honorarios de abogado y procurador cuando sean preceptivos.
- Inserción de anuncios o edictos que deban publicarse.
- Depósitos necesarios para la presentación de recursos.
- Derechos de peritos y demás abonos que tengan que realizarse a personas que hayan intervenido en el proceso.
- Copias, certificaciones, notas, testimonios y documentos análogos que hayan de solicitarse y no sean gratuitos.
- Derechos arancelarios que deban abonarse.
- La tasa judicial.
¿Quién tiene Derecho a las Costas Judiciales?
Los artículos a 394 a 398 de la LEC establece el criterio del vencimiento para la imposición de las costas, es decir, quién vea todas sus pretensiones rechazadas en la sentencia, tendrá que abonar los gastos del contrario.
No obstante, existen limitaciones:
- No pueden exceder de 1/3 de la cuantía del procedimiento (salvo que se aprecie temeridad en el litigante)
- Estarán exentos del pago de las costas quién sea beneficiario de justicia gratuita
- Si su intervención no es obligatoria no podrán reclamarse honorarios de abogado y procurador.
¿Las Costas Procesales pertenecen al cliente o al abogado?
Las Costas Procesales pertenecen siempre al cliente por ser su finalidad la de para pagar los honorarios de los profesionales que ha tenido que contratar en el proceso o los gastos en que ha incurrido. Es decir, las costas suelen ir a la cuenta bancaria del cliente.
Lo que sucede en la práctica es qué algunos abogados y procuradores renuncian al cobro de sus honorarios por anticipado y de forma total o parcial, a cambio de que el cliente pague sus honorarios con las costas procesales, siendo en este caso que si el cliente no ha pagado los honorarios de abogado y procurador por anticipado, estas costas procesales serán para abogado y procurador de forma directa o a través del cliente.
