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Regulación Legal Tarjeta revolving

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REGULACIÓN LEGAL TARJETAS REVOLVING

Los abusos bancarios derivado de la comercialización de tarjetas revolving a consumidores en necesidades o penurias económicas, ha creado graves perjuicios a nuestros afectados por créditos usura.

 

1. NUEVA NORMATIVA CRÉDITO REVOLVING

Este sábado 2 de enero 2021 ha entrado en vigor  la nueva orden ministerial relativa al crédito revolving, con la conocida como cuesta de enero como telón de fondo, que esta vez podría complicarse aún más por la crisis derivada del coronavirus. Con el fin de evitar que se continúen produciendo abusos por parte de las entidades financieras, el 27 de Julio de 2020 se publicó en el BOE Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente y ahora entra en vigor.

La nueva normativa anti-usura incorpora mejoras destinadas a aumentar la transparencia con los clientes y a prevenir futuras situaciones de endeudamiento insostenible mediante el fortalecimiento de la evaluación de solvencia que las entidades deben realizar antes de conceder el crédito revolving.

Los principales cambios que establece la orden son que las entidades deben asegurarse de que los clientes tienen capacidad de pago suficiente para cubrir el importe anual de las cuotas que amorticen, al menos, el 25% del límite del crédito concedido.

2. CLÁUSULAS CRÉDITOS REVOLVING

También incorpora obligaciones adicionales de información, tanto en el momento previo a la contratación, como durante toda la vida del contrato, para que el cliente sea en todo momento consciente de la deuda y de las opciones que tiene para aligerarla. La orden fue publicada el 24 de julio de 2020 y, aunque empezarán a incorporarse algunas disposiciones este 2 de enero, otras se adoptarán de un modo transitorio y no entrarán en vigor hasta finales de enero y otras incluso hasta julio de 2022.  En este post sobre regulación legal de las tarjetas revolving te lo explicamos todo.

 

3. DEMANDAR BANCOS POR USURA

Durante los últimos meses, el Banco de España, consciente de los riesgos, ha adoptado una postura muy activa en cuanto a las advertencias sobre las revolving se refiere y, a través del Portal del Cliente Bancario, ha procurado ofrecer una amplia información sobre este producto financiero. Esto también se venía sabiendo por el alto numero de demandas judiciales en avalancha desde el mes de septiembre 2020.

Se da la circunstancia de que la inmensa mayoría de entidades más activas en este mercado no está cumpliendo la normativa de transparencia de las tarjetas. Solo durante el verano pasado, el Banco de España remitió escritos con varios requerimientos y recomendaciones a 24 entidades en relación a la comercialización y contratación de las revolving y profundizaba su estudio sobre otras dos firmas. Además de ir acompañadas generalmente de una absoluta falta de transparencia en su comercialización, las tarjetas revolving tienen como principal característica los abusivos intereses que gravan esos pagos, generalmente superiores al 24% TAE.

La pandemia, y en las últimas semanas las festividades navideñas, han provocado un repunte en la comercialización de este tipo de crédito ante el empeoramiento de la situación económica y el incremento habitual del gasto en este periodo. Si bien esta vía puede llegar a ser de ayuda a corto plazo, acaba sumergiendo a quienes la eligen en una espiral de deudas de la que no es fácil librarse. 

 

4. TIPOS TARJETAS REVOLING

Como ya hemos avanzado, las tarjetas revolving tienen como características potenciar el consumo, elevadas tasas de interés y una comercialización poco transparente bajo el lema «coge lo que quieras y paga poco a poco».  Entre las tarjetas revolving más populares se encuentran dentro de esta regulación legal de las tarjetas revolving:

  • Tarjeta Wizink
  • Tarjeta Affinity Card
  • Tarjeta Barclaycard
  • Tarjeta Cetelem
  • Tarjeta Oney Alcampo
  • Tarjeta Carrefour Pass
  • Tarjeta IKEA
  • Tarjeta Bankinter Obsidiana / Bankintercard
  • Tarjeta Citibank
  • Tarjeta BBVA A Tu Ritmo
  • Tarjeta Caixabank Oro y Caixabank GO
  • Tarjeta BBVA Después
  • Tarjeta El Corte Inglés
  • Tarjeta Santander Consumer Finance
  • Tarjeta MBNA / EVO Finance
  • Tarjeta Vodafone
  • Visa Eroski Red

 

5. COMO RECLAMAR LAS TARJETAS REVOLVING

Estos riesgos han arruinado a muchos consumidores con tarjetas revolving, que se han visto atrapados en una espiral de deuda o «envolvente». Por eso, cada vez es más frecuente reclamar por este tipo de instrumentos usurarios. Algunos con problemas como ludopatía, adicciones a drogas u otros vicios, han tirado de tarjetas con intereses abusivos y ahora no pueden pagar lo que se les reclama.

Las principales vías legales para recuperar tu dinero perdido en estos productos son:

  • Ley de Azcárate (Ley Usura): Los elevados intereses que se aplican con estas tarjetas permiten su impugnación por aplicación de la ley de usura. Esta es la vía habitual de reclamación desde que la Sentencia del Tribunal Supremo n.º 628/2015, de 25 de noviembre y la nueva STS 600/2020 de 4 de marzo que declarara que las tarjetas revolving pueden resultar usurarias.
  • Falta de transparencia. En determinadas ocasiones puede invocarse la nulidad de la cláusula de intereses si la tarjeta se ha comercializado sin ofrecer la información debida. Ten en cuenta que la jurisprudencia exige un doble control de incorporación y transparencia cuando se celebran ciertos contratos con consumidores y usuarios (por ejemplo en cláusulas suelo y gastos hipotecarios).
  • El control de incorporación está regulado en los artículos 5 y 6 de la Ley de Condiciones Generales de Contratación. Básicamente requiere que se informe específicamente acerca de este tipo de condiciones, que deben redactarse de forma transparente, clara, concreta y sencilla.

El control de transparencia está regulado en los artículos 3.1 y 4.2 de la Directiva 93/13/CEE. Determina la nulidad de una cláusula que no se negociaran individualmente (condición general de contratación) y cause un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes. En este sentido, el consumidor debe conocer las consecuencias jurídicas y económicas del negocio. No basta, por tanto, con una mera información, sino con el entendimiento real de la relevancia de esta cláusula en el contrato. Y ello porque no comprender esta relevancia supone un error en el consentimiento del consumidor.

En sintonía con lo anterior, pesa un especial deber de diligencia sobre el banco a la hora de informar sobre la trascendencia de estas cláusulas. Entre otras normas, resulta aplicable la normativa MiDFID II, la Ley del Mercado de Valores y el RD 217/2008. Este deber de diligencia es particularmente difícil de cumplir en un producto como la tarjeta revolving, donde no puede ofrecerse un cuadro de amortización previo dado el carácter variable del crédito.

En definitiva, existen vías para reclamar una tarjeta revolving y recuperar lo pagado de más. La principal es la ley de usura, que permitirá que tu abogado te libre de la deuda y recupere tu dinero. Pero, sobre todo, lo mejor es estar bien informado antes de contratar productos de este tipo.

 

 

6. RECLAMACIONES REVOLVING

Si piensas que, en tu caso, ha habido usura en la contratación de tu préstamo o crédito, escríbenos ahora y resolvemos tus dudas. Rellena tu formulario de contacto de reclamatorlawwyers. Los mejores abogados especialistas en anulación de tarjetas revolving por intereses usurarios. Si necesitas un despacho experto en reclamaciones de consumidores sin pagar nada por tu reclamación, contacta con nosotros e infórmate sin compromiso.

 

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