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Que es un Procurador

PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES

El este post te vamos a explicar que es un procurador, su obligatoriedad en procesos judiciales y funciones.

 

 

1. QUE ES UN PROCURADOR/A

Podemos definir a un Procurador como un Licenciado o Graduado en Derecho con formación de Postgrado habilitante que representa a su cliente ante el Juzgado o Tribunal en el proceso.

 

2. FUNCIONES DE UN PROCURADOR

Como representante del demandante o del demandado en un proceso judicial, el procurador es el profesional que recibe las notificaciones del juzgado en nombre del cliente. Como representante del cliente, es la actuante jurídico que presenta los escritos en representación del cliente, aunque estos van redactados y firmados de abogados. Así el procurador actúa en representación del cliente en procesos penales y contenciosos administrativos (también lo puede hacer en un proceso laboral).

3. ¿CUANDO ES NECESARIO CONTRATAR UN PROCURADOR

La necesidad de intervención de procurador en un proceso judicial nos viene dada en la Ley Específica de Cada Procedimiento. Así, en los siguientes apartados dividiremos de las necesidades de contar con un procurador dependiendo del tipo de procedimiento.

3A.- PROCURADOR EN PROCESO CIVIL

Como regla general, el procurador deberá intervenir en todo tipo de procedimientos estableciendo el artículo 23 de Ley Enjuiciamiento Civil las excepciones en las que no será preceptiva su intervención. Así, no será necesario contratar procurador: Iniciación de Procedimiento Monitorio; Juicio Verbal de Cantidad menor a 2.000€; En juicios universales para presentar títulos o derechos y Solicitud medidas urgentes previas al juicio

3B.- PROCURADORIA EN PROCESO PENAL

La necesidad de intervención de procurador en un proceso penal viene referida a las distintas partes intervinientes en un proceso penal. Así, es obligatoria la intervención de procurador a la acusación particular o acusación popular, siendo habilitado para ello a través de poder especialísimo para interponer querellas. Respecto a la defensa en un proceso penal (el investigado o acusado), no es necesaria la intervención del procurador en representación del investigado durante la instrucción, siendo que cuando se produzca la fase del juicio oral, el Secretario Judicial (actualmente Letrado de la Administración de Justicia) establecerá en los términos del 784.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal su nombramiento por el acusado o la solicitud de procurador de oficio. 

3C.- PROCURADOR EN PROCESO ADMINISTRATIVO

En un proceso judicial contencioso-administrativo, el ciudadano demanda a la administración para corregir las irregularidades sufridas por este. Es necesaria la intervención de abogado en proceso administrativo. Respecto a la representación, será necesario procurador en proceso administrativo tan solo ante los órganos colegiados ( Tribunales Superiores de Justicia, las Salas de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y las del Tribunal Supremo) según el articulo 23 Ley Jurisdicción Contenciosa Administrativa. 

3D.- PROCURADORIA PROCESO LABORAL

En el proceso laboral tanto por despido, reclamación de nominas, sanciones u otros cualquiera, es necesaria la asistencia letrada durante el proceso laboral para la correcta defensa de los derechos del trabajador durante todo su proceso laboral, haciéndolo constar en la demanda o en la personación por la empresa en el proceso laboral. Es obligatoria la asistencia letrada para la interposición de recurso de suplicación o recurso de casación según el artículo 21 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Por tanto, no es obligatoria la contratación de procurador en proceso laboral. 

 

4. COMO REPRESENTAR UN PROCURADOR AL CLIENTE

La necesidad de intervención de procurador en un proceso judicial nos lleva al asunto de como hacer para que un procurador me represente. Los medios de representación a través de un procurador son establecidos en el articulo 24 Ley Enjuiciamiento Civil. Las formar de realizar un poder son: notarial, apud acta y poder electrónico. 

4A.- PODER NOTARIAL

El poder notarial es un documento público emitido por un notario en el que una persona física o jurídica designa como su representante legal a otra persona. En este sentido, uno debe acudir al notario para realizar un poder notarial en favor de procurador para que le represente en los procesos judiciales, pudiendo hacerlo a todas y/o alguna de las funciones.  El coste del poder notarial ronda entre los 50 y 60 euros. 

4B.- APUD ACTA

La RAE define apud acta como «Acto jurídico documentado de apoderamiento, que se formaliza ante el fedatario judicial, mediante el cual se le otorga a un procurador la facultad de representación en el proceso.».. Por tanto, el cliente debe acudir al juzgado en cuyo proceso tiene abierto para que mostrando su carnet de identidad ante el Secretario le realice un acta donde otorga poder en favor del procurador. También se puede acudir al juzgado más cercano a tu domicilio para hacer este poder a través del trámite judicial denominado como «Expediente Gobernativo». El coste del apud acta es gratuito. 

4C.- REGISTRO ELECTRÓNICO APODERAMIENTO

Si quieres realizar un poder de representación judicial de forma gratuita y sin desplazamientos esta es tu opción. Debes tener en cuenta que para realizar este poder debes tener Clave Pin, Clave Permanente o Certificado Digital.

5. CUANTO CUESTA UN PROCURADOR-A

El coste de un procurador varía dependiendo del tipo de proceso y de la cuantía objeto de autos. A modo de ejemplo, un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo el procurador tendrá un coste medio de 150 EUROS y en un divorcio contencioso será de 200 EUROS. Un proceso penal el coste será de 150 a 200 EUROS, así como en los juicios verbales el coste será de 140 EUROS y en el juicio ordinario de 220 EUROS. El coste del desahucio o de una ejecución podrá ascender hasta los 250 EUROS. Puede ver los aranceles de procurador Madrid

6. DIFERENCIAS ABOGADO Y PROCURADOR

Para comenzar hay que indicar que es incompatible que una persona sea abogado y procurador al mismo tiempo. Respecto a las diferencias, se aprecian por la diferenciación de las funciones que cada uno tiene dentro del proceso judicial. El abogado ejerce la defensa del cliente, redacta escritos y ejerce el asesoramiento y defensa de los intereses del cliente mientras que el procurador lleva la representación, es decir, se encarga de la llevanza de la documentación, la presentación de los escritos y de recibir las notificaciones en nombre del cliente. 

 

 

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David San Eloy Salas

Abogado Reclamatorlawyers