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Despido Estando de Baja por Accidente Laboral

Me han despedido estando de baja

¿Me pueden despedir estando de baja por un accidente laboral?

No son pocos los clientes que han sido despedidos por la empresa a causa o con motivo de estar de baja laboral por accidente laboral o enfermedad común. En este post te asesoramos sobre como reclamar tu despido estando de baja. 

1. ¿ Es legal que la empresa me despida estando de baja por accidente laboral?

Un trabajador puede ser despedido estando de baja por accidente laboral, y es legal el despido efectuado por la empresa dentro de su poder de dirección. Distinto es que puedas reclamar el despido porque el motivo o razón del despido realizado por la empresa es tu baja por incapacidad. Pero si existen razones válidas que justifiquen el despido, la empresa puede llevarlo a cabo, aunque el trabajador esté de baja por accidente laboral. Siempre te recomendamos que confies tu asunto a nuestro Bufete especialista en despidos en Madrid

2. Requisitos legales para despedir a un trabajador estando de baja por accidente laboral

El despido de un trabajador que se encuentra de baja por accidente laboral está protegido por la legislación laboral y solo se permite en circunstancias muy específicas y cuando se cumplen ciertas condiciones. Para exigir que se cumplan los derechos en cada caso, siempre lo mejor es seguir los consejos profesionales de un abogado experto en accidentes laborales.

¿Cuáles son las causas que hacen posible el despido de un trabajador estando de baja por accidente laboral? El despido será legal, siempre y cuando no tenga como razón de ser la incapacidad temporal del trabajador, y que puede ser por las siguientes razones:

2.a Despido Objetivo: Causas objetivas

Los articulos 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores regulan que, cuando existen razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen el despido del trabajador este será declarado como despido objetivo procedente. De existir esta causa justificada por la empresa, estas razones no tendrán relación con tu situación de baja por accidente laboral y por tanto estaremos ante un despido justificado.

2.b Causas disciplinarias

La empresa o empleador puede despedir a un trabajador, aunque esté de baja, cuando existen causas disciplinarias que lo motiven. Encontramos en el articulo 54 del Estatuto de los Trabajadores y en el Convenio Colectivo de aplicación alguna de estas causas.  La empresa tendrá que entregar la carta de despido disciplinario argumentando cuales son las faltas tan graves cometidas por el trabajador para llegar a su despido y demostrar que son ciertas dichas causas.

3. ¿Qué hago si me han despedido injustamente estando de baja por accidente laboral?

El despido cuya única razón sea que el trabajador está de baja por accidente laboral no está permitido por la ley. Es uno de los derechos del trabajador tener derecho a asistencia médica y descanso por enfermedad o por accidente laboral hasta que esté en condiciones de reincorporarse al trabajo.  Por lo tanto, si el trabajador es despedido sin que exista otra causa legal, debe realizar una reclamación por despido.

La Ley protege el despido ilegal por discriminación por estar de baja por accidente de trabajo, entre otras, la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación así como los efectos del despido nulo del Estatuto de los Trabajadores.  En caso de haber sufrido un despido ilegal, el trabajador deberá presentes una demanda laboral ante la Magistratura de trabajo e impugnar el despido ilegal.  A través de una Sentencia del Juzgado de lo Social, se resolverá si el despido es nulo y sus consecuencias, o si el despido es improcedente.

4.¿Sigo cobrando la prestación por baja médica en accidente laboral si he sido despedido?

El trabajador que estuviera prestando sus servicios para la empresa y que sufra un accidente laboral, comenzará a cobrar la baja por accidente laboral. Si durante dicha incapacidad temporal por accidente laboral has sido despedido, pasarás a la situación de desempleo (baja en la seguridad social por la empresa) pero seguirás cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta que esta dure, bien por altá médica o por terminar sido reconocida la prestación por incapacidad permanente. 

Una vez que el médico te dé el alta y estes en condiciones de trabajar, comenzarás a percibir la prestación por desempleo. Es decir que, en el momento en que el médico decide que el trabajador puede volver a trabajar y no impugnes el alta médica, empiezan a contar los términos de la cuantía a la que tiene derecho a paro ante el SEPE.

5.¿Es improcedente el despido estando de baja laboral cuando finaliza el contrato temporal?

Si ocurre que has sufrido un accidente laboral o estabas de baja por enfermedad común cuando prestabas servicios para una empresa mediante un contrato temporal, puede que la empresa te comunique la finalización del contrato y de la prestación del servicio, pero no estaremos ante un despido, produciendose de la misma forma la desvinculación del trabajador de la plantilla de la empresa.

6. Si el despido por razones de baja médica es declarado nulo, ¿recibo una indemnización por despido?

En los casos de despido nulo, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por salarios de tramitación, así como indemnizaciones adicionales por daños morales. La empresa tendrá que abonarte los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta el momento de tu efectiva reincorporación a la empresa, es decir, te pagará tu sueldo como si hubieras estado trabajando ese tiempo. 

7. ¿ Puedo cobrar los salarios de tramitación y la prestación por desempleo?

En el caso de que tras un despido estando de baja por accidente, y que una sentencia o por decisión de readmisión de una empresa, tengas derecho a los salarios de tramitación, estos serán abonados por la empresa descontando cualquier prestación que estuvieras recibiendo, y siendo esta prestación devuelta por la empresa al organismo que corresponda.

 

Si te encuentras en una de estas situaciones, no pierdas el tiempo ¡Consigue tu indemnización por despido!

 

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