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Denunciar Acoso Laboral o «Mobbing»

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Denunciar Acoso Laboral: Cada día es más frecuente sufrir maltrato psicológico a cambio de mantener tu puesto de trabajo

 

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acoso laboral

 

¿Qué es el acoso laboral?

El acoso laboral o “mobbing” es una forma de maltrato psicológico o moral hacia un trabajador que se caracteriza por un hostigamiento persistente, sistemático y continuo sobre el trabajador que puede revestir diferentes formas. En algunas ocasiones, este maltrato puede llegar a tener un origen físico y no psicológico.

Este acoso laboral también es definido como un trato hostil o vejatorio sufrido por una persona en el ámbito laboral de forma continuada, provocándole problemas psicológicos y profesionales.

 

¿Como sé que sufro acoso laboral?

Aunque el acosador o acosadores como norma general no utilizan la violencia física, en ocasiones se han reportado casos de mobbing con agresiones físicas. Fuere como fuere dicha agresión laboral, no es necesario el uso de la violencia física para hundir al trabajador víctima de los tratos discriminatorios en un mundo de miseria.

La importancia de mantener un puesto de empleo hoy en día tras la crisis genera en muchas ocasiones que dicho trabajador deba percibir como sus derechos laborales son vulnerados o incluso evaporados, aunque los casos más flagrantes se encuentran en los que el trabajador llega a sufrir maltrato psicológico al que se ve sometido a través de burlas, falsos rumores, amenazas, exclusión o discriminación, desprecios o insultos.

Si estas en alguna de estas situaciones, podemos ayudarte: https://reclamatorlawyers.com/laboral/

Consecuencias del acoso laboral

El mobbing es una importante Fuente de estrés laboral que puede llegar a cronificarse a través del denominado trastorno de estrés postraumático, especialmente en los trabajadores que no quieren o no pueden abandonar su puesto de trabajo. En estos casos, bien por las necesidades personales del trabajador, o bien por el miedo subjetivo de perder su puesto de trabajo, el trabajador se ve sometido a tintes de inferioridad percibidos por el acosador, lo que hace que este abuse en mayor medida de este.

Las formas de acoso laboral

Entre las conductas más comunes de acoso laboral podemos encontrar:

  • Amenazas verbales
  • Agresiones físicas
  • Falsos rumores que desprestigien a la victima
  • Constantes burlas en público o en privado
  • Aislar a la víctima del resto de compañeros
  • Manipular al resto de empleados para ignorar a la victima

Resultados del acoso laboral

Para obtener los resultados deseados, los acosadores suelen recurrir a las siguientes acciones contra ti como acosado:

  • Ocasionar daños en tus pertenencias
  • Manipular tus herramientas de trabajo
  • Sustracción de alguna de tus pertenencias
  • Realización de informes laborales negativos sobre su comportamiento
  • Recepción de amenazas o advertencias a tus compañeros que te apoyan
  • Ignoran tus palabras y hacen ser ignoradas por tus compañeros
  • Ocultan tus habilidades y exageran tus errores
  • Te niegan derechos que la ley te confiere sin motive

Tipos de acoso laboral

Existen distintos tipos de acoso laboral según la posición jerárquica de los acosadores y de los motivos del acoso. Los identificados son basados según la posición de jerarquía y según el objetivo perseguido con el acoso.

A) Acoso laboral según la posición jerárquica

Dependiendo de la posición jerárquica del acosador o acosadores, el mobbing se denomina como “mobbing vertical”, “mobbing horizontal”, “mobbing ascendente” o “mobbing descendente”.

a1.- ¿Qué es el mobbing horizontal?

Este tipo de acoso laboral se caracteriza porque el acosador y la víctima se encuentran en la misma posición en el rango de jerarquía. Es decir, que este tipo de acoso suele dares entre compañeros de trabajo y las consecuencias psicológicas para la victima suelen ser devastadoras.

Las causas más habituales de este tipo de acoso suelen ser: que el trabajador que acaba de entrar a una empresa posee habilidades que el resto de compañeros lo ve como una amenaza, forzar al trabajador a conformarse con determinadas normas de la empresa por “peloteo”, fruto de la enemistad o para atacar al más débil.

a2.-¿Qué es el mobbing vertical?

El acoso laboral vertical recibe este nombre porque el acosador se encuentra en un nivel jerárquico superior a la víctima o se encuentra en un nivel inferior a esta. Es por ello por lo que existen dos clases de mobbing vertical: ascendente y descendente.

El mobbing ascendente ocurre cuando un empleado de nivel jerárquico superior es atacado por uno o varios de sus subordinados. Por el contrario, el mobbing descendente ocurre cuando un empleado de nivel jerárquico inferior recibe acoso psicológico por parte de uno o varios empleados que ocupan posiciones superiores en la jerarquía de la empresa.

B) Acoso laboral según el objetivo

En función de la finalidad buscada por el acosador con el hostigamiento sobre el trabajador, el mobbing puede calificarse en mobbing estratégico, de dirección o gestión, perverso disciplinario.

¿Qué es el mobbing estratégico?

Estamos ante un tipo de mobbing descendente o institucional que se caracteriza porque el acoso forma parte de la estrategia trazada por la empresa con el objetivo de que el trabajador abandone su puesto de trabajo de forma voluntaria. Es decir, con este acoso se busca que el trabajador pida la baja voluntaria y de esta forma la empresa se evita pagar al trabajador la indemnización correspondiente por despido improcedente.

¿Qué es el mobbing de dirección o gestión?

Este es un tipo de acoso llevado a cabo por la dirección de la empresa, es decir, de los altos mandos o personas que dirigen la empresa de manera directa o indirecta. Los motivos para iniciar este mobbing pueden ser muy variados, aunque lo normal es que todos se dirijan a maximizar los beneficios de la empresa. Como ejemplo, las personas que directoras de la empresa suelen amenazar con el despido o con la advertencia de “ya sabes dónde está la puerta” si un trabajador no es sumiso, reclama sus derechos laborales o no acepta un esclavismo laboral basado en condiciones laborales muy inferiores a las que la ley o Convenio Colectivo afirman, y basado en trabajar horas extraordinarias sin retribución.

¿Qué es el mobbing personal o perverso?

El mobbing personal o perverso no hace referencia a ningún fin en concreto o finalidad determinada. Estamos ante un acosador que tiene una personalidad manipulativa y hostigadora que lleva en sus genes. Es frecuente que dicho acosador se limite a amenazas o acciones dirigidas el trabajador acosado sin presencia de testigos, pudiendo ser este acoso encuadrado dentro del mobbing horizontal o vertical.

¿Qué es el mobbing disciplinario?

Estamos ante uno de los acosos laborales más perjudiciales para cualquier trabajador, no solo el acosado, sino también del resto de personal de la plantilla por su carácter preventivo. Este tipo de mobbing está basado en la idea de castigar o sancionar al trabajador “que no pasa por el aro” las directrices de la empresa, con sanciones que tanto en su forma como en el fondo son impugnables por su ilegalidad y que con estas se quiere conseguir que el trabajador termine cediendo en la vulneración de sus derechos o ser un esclavo laboral.

Al mismo tiempo y de forma preventiva, el acosador obtiene no solo la cesión de los derechos del trabajador afectado, sino que también advierte al resto de compañeros en situaciones similares de las consecuencias de llevar la contraria de las directrices empresariales. Si estas de baja laboral por enfermedad o de baja laboral por embarazo es muy frecuente sufrir este tipo de acoso.

¿Qué hacer si sufro acoso laboral?

Si sufres acoso laboral, te recomendamos que acudas a un profesional cualificado para la lucha por tus derechos, ya que las consecuencias de no hacerlo pueden ser devastadoras. En muchas ocasiones, sucede la desgracia de acudir al Comité de Empresa o a Sindicatos, sin que estos aporten ninguna solución al problema o incluso lo agraven en mayor medida desde que estos trabajadores han adquirido los privilegios que la ley les concede a base de favores a la empresa que les ha nombrado.

 

Indemnización por acoso laboral o mobbing

Es por ello te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros en la lucha de tus derechos en:

 

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